En la Ciudad de México, el Reglamento de Tránsito prohíbe ahora las vueltas continuas a la derecha en intersecciones con semáforos, una normativa que impacta directamente en la seguridad vial de la capital. Esta regulación busca reducir accidentes y proteger a los peatones.
Cambios en las normas de tránsito
- Prohibición de vueltas continuas: Anteriormente, los conductores podían girar sin detenerse. Actualmente, deben esperar a que el semáforo lo indique.
- Incorporación a vías: En caso de que un conductor deba cambiar de dirección, es obligatorio esperar el semáforo correspondiente, independientemente de la cantidad de vehículos en la vía cruzada.
Excepciones
Las vueltas continuas son permitidas solo cuando hay señalización que indique lo contrario. Si un conductor ignora esta norma, puede enfrentar:
- Multas económicas: Dependiendo de la gravedad, las sanciones oscilan entre 10 y 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor en 2026 es de $117.31 pesos. Esto traduce a multas de aproximadamente $1,173.10 a $2,346.20 pesos.
- Puntos en la licencia: Se aplicará una deducción de 3 puntos en la licencia de conducir.
Vigilancia
Es relevante señalar que, aunque no haya agentes de tránsito visibles, muchas intersecciones están equipadas con cámaras que pueden capturar infracciones. En estos casos, se aplicaría una fotomulta, que también conlleva la pérdida de 1 punto en la licencia.
Contexto histórico
La prohibición de las vueltas continuas ha estado vigente por casi una década, como parte de un esfuerzo por incrementar la seguridad peatonal. En intersecciones con señalamientos que permitan el giro, los conductores deben dar prioridad a los peatones y vehículos ya en circulación.
Este conjunto de normas no solo busca una mejor fluidez en el tráfico, sino también una mayor protección para todos los usuarios de la vía, incluyendo peatones y ciclistas.
