El Tribunal de Estrasburgo ha establecido que los insultos y descalificaciones hostiles no están protegidos por la libertad de expresión. Esta decisión se produce tras el rechazo de una demanda presentada por un repartidor y activista en Georgia, multado por un video en TikTok.
En su sentencia, los jueces europeos respaldan la decisión de los tribunales georgianos que impusieron a Irakli Miladze una multa de 180 euros debido al contenido del video, que alcanzó más de 100 mil vistas. En él, Miladze criticaba la nueva política de transportes de Tiflis, la capital del país, y denunciaba irregularidades de funcionarios públicos.
El activista dirigía sus críticas de manera vehemente al alcalde de Tiflis y su equipo de policía, utilizando un lenguaje altamente ofensivo. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) establece que esta descalificación personal no equivale a una crítica política legítima y no está amparada por la Convención Europea de Derechos Humanos.
El TEDH considera que, aunque Miladze advertía sobre el uso de lenguaje obsceno, esto no justifica la exposición de los menores. Además, resalta que la sanción impuesta fue la mínima prevista por la ley y que no hubo restricciones adicionales al autor, quien continúa expresando sus críticas a las autoridades en redes sociales.
