Las autoridades han informado sobre la regulación del registro obligatorio de líneas telefónicas móviles en México, aclarando que los menores de edad no pueden realizar el trámite de registro a su nombre. La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) especifica que el registro debe ser completado por un adulto responsable, quien asumirá la titularidad del servicio, independientemente de que la línea sea utilizada por un niño o adolescente.
Este proceso es fundamental, ya que busca eliminar el uso de líneas anónimas y facilitar la identificación de los titulares en casos de delitos como fraude o extorsión. Los menores carecen de capacidad jurídica para contratar servicios de telecomunicaciones, lo que implica que la línea debe permanecer a nombre de un padre, madre o tutor. Si no se registra la línea correspondiente, esta podrá ser suspendida, limitándose a realizar únicamente llamadas de emergencia hasta que se complete el trámite.
El registro no exime a los adultos de supervisar el uso del teléfono móvil por parte de los menores. Las autoridades recomiendan que los padres mantengan vigilancia sobre el contenido y las interacciones que sus hijos pueden tener en línea, aunque el registro sea una medida destinada a mejorar la identificación de usuarios.
El trámite puede realizarse mediante los canales habilitados por las compañías telefónicas, donde el adulto deberá acreditar su identidad. La CRT ha destacado que el objetivo del registro es asociar cada línea a una persona responsable, sin crear bases de datos permanentes que incluyan fotografías o datos biométricos. La iniciativa busca que todas las líneas activas en México estén vinculadas a un titular identificado, asegurando así un control sobre la titularidad del servicio, sin importar la edad del usuario habitual.
