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Ciudad de México: SCJN elimina requisito de 5 años para pensión viudez

Ciudad de México: SCJN elimina requisito de 5 años para pensión viudez

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el requisito del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que exigía a las parejas en concubinato demostrar al menos cinco años de cohabitación para acceder a una pensión por viudez. Esta resolución se produjo durante la sesión correspondiente, donde el máximo tribunal del país concluyó que dicha restricción vulnera derechos fundamentales de los ciudadanos.

Los ministros argumentaron que la medida discriminaba a quienes optaron por un modelo de familia diferente al matrimonio, subrayando la necesidad de proteger la diversidad familiar. El Pleno consideró que limitar el derecho a la seguridad social basado en la duración de la unión es desproporcionado y contrario a la autonomía de las personas.

A partir de ahora, los beneficiarios deberán probar la existencia de una relación formal con el fallecido, pero sin la rigidez de un tiempo mínimo de convivencia. La Corte aclara que la validación del concubinato debe enfocarse en el vínculo afectivo y solidario, sin imponer un plazo definido para su comprobación.

Este fallo establece un precedente que obliga a todos los juzgados en el país a modificar la normativa interna del IMSS sobre pensiones por viudez, permitiendo que muchas personas que no cumplían con los criterios previos puedan ahora acceder a este derecho esencial de seguridad social.