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Corte en [Ciudad/Estado] reafirma límites a indemnizaciones por daño moral y libertad de expresión

Corte en [Ciudad/Estado] reafirma límites a indemnizaciones por daño moral y libertad de expresión

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que las indemnizaciones por daño moral no deben ser desproporcionadas, con el objetivo de evitar un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión en el país. Esta decisión surge tras el análisis de dos amparos relacionados con una sentencia de un tribunal local en la Ciudad de México, donde se cuestionó el monto establecido por un daño moral.

Los ministros de la Corte aprobaron, con seis votos a favor, la propuesta de la ministra María Estela Ríos para que el tribunal capitalino revise y ajuste la cantidad de la indemnización. La ministra destacó la importancia de equilibrar la reparación del daño con la preservación de un espacio libre para la circulación de ideas, sin fomentar la autocensura.

El caso en cuestión se originó a partir de un conflicto familiar que incluyó un desplegado en un periódico de circulación nacional, donde se acusaba a uno de los cónyuges de cometer delitos. Durante la discusión, el ministro Giovanni Figueroa Mejía indicó que la cuantificación del daño moral debe considerar la gravedad y el impacto de las expresiones en la reputación de las personas involucradas.

Por su parte, el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, expresó su desacuerdo con el proyecto, argumentando que no se realizó un estudio adecuado sobre la existencia del daño moral en este caso. La ministra Ríos González, en respuesta, afirmó que exigir pruebas periciales para acreditar la afectación resultaría en un estándar probatorio desproporcionado.