Claudia Sheinbaum firmó el Decreto para Proteger a las Mujeres de México

La Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo firmó el decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones a siete leyes secundarias en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derecho de las mujeres a una vida libre de violencias; y erradicación de la brecha salarial por razones de género.

“Son cuatro ejes muy importantes de estas leyes secundarias, que protegen y fortalecen a las niñas, a los niños y a las mujeres en nuestro país, fortalecen sus derechos hoy las mujeres en México tiene un marco jurídico que las respalda y ahora nos toca que todo esto sea una realidad en México y que en los estados se adhieran a estas grandes reformas de protección de las mujeres (…) En las leyes hoy están protegidas las mujeres en México, quizá somos uno de los países con mayor avance en la legislación de protección y derecho de las mujeres”, puntualizó.

Al respecto, la secretaria de Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, explicó que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de siete leyes:

– La Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres.
– La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
– El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
– El Código Nacional de Procedimiento Penales.
– La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
– La Ley Federal del trabajo.
– La Ley de los trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional.

Al respecto, la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Ernestina Godoy, hizo un llamado a los congresos locales para la armonización con las reformas a favor de las mujeres y de está manera garantizar su protección en todos los niveles.

“Le hacemos un llamado a todos los congresos estatales, a los gobiernos locales para que inicien también la armonización no solo de su Constitución, sino de distintas leyes para que tengamos la protección las mujeres en todos los niveles”, destacó.

AMLO prepara decreto para que el 1 de octubre de cada seis años sea día de descanso obligatorio

El presidente Andrés Manuel López Obrador está preparando un decreto para establecer que el 1 de octubre, cada seis años, sea un día de descanso obligatorio para los empleados del gobierno federal, con motivo del cambio de la Presidencia de la República.

En un borrador enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), el Presidente federal indica que el 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto mediante el cual se modificaron, añadieron y derogaron varias disposiciones de la Constitución relacionadas con la política electoral.

A través de esta reforma, se modificó, entre otros aspectos, el artículo 83 constitucional para establecer el 1 de octubre del año correspondiente como la fecha de juramentación del Presidente electo.

«El Transitorio Décimo Quinto del Decreto antes referido, señala que el período presidencial comprendido entre los años 2018 y 2024 iniciará el 1o. de diciembre de 2018 y concluirá el 30 de septiembre de 2024».

Se indica que esta reforma constitucional estableció una nueva realidad política, que se aplicará por primera ocasión el 1 de octubre de 2024.

«A efecto de asegurar la coherencia y armonización normativas entre la Ley Fundamental y el Calendario Oficial, en congruencia con el principio de supremacía constitucional, en el cual la Constitución y los tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano en materia de derechos humanos integran la Ley Suprema de la Unión y las demás normas jurídicas deberán emanar y estar supeditadas a ellas, he tenido a bien expedir el siguiente

«DECRETO ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el artículo Segundo del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de 1993, para quedar como sigue:

«ARTÍCULO SEGUNDO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuyas relaciones de trabajo se rijan por el Apartado B) del artículo 123 Constitucional, observarán como días de descanso obligatorio para sus personas trabajadoras, los siguientes:

(…) 1o. de octubre de cada seis años, con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal».

El anteproyecto seña que el presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.