El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha publicado en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo AS2.HCT.101026/302.P.DG, que establece modificaciones temporales en la Continuación Voluntaria dentro del Régimen Obligatorio del Seguro Social, conocido como Modalidad 40. Esta medida tiene como objetivo facilitar la permanencia de las personas que ya están inscritas en esta modalidad.
A partir del 22 de octubre, las personas ya inscritas en la Continuación Voluntaria podrán mantener sus condiciones actuales hasta la finalización del periodo que hayan contratado. Aquellos que concluyan este periodo podrán optar por reincorporarse a la Continuación Voluntaria, basándose en su último salario base de cotización registrado o hasta un importe que incluya una Unidad de Medida y Actualización, sin que sea inferior al salario mínimo general vigente.
Las nuevas inscripciones en la Continuación Voluntaria se realizarán únicamente desde la fecha de solicitud. Este acuerdo no afecta la opción de que todas las personas puedan realizar una contratación voluntaria al régimen obligatorio del Seguro Social, en calidad de trabajadores independientes.
Cabe señalar que las personas sometidas a la modalidad estipulada en la fracción I del artículo 13 de la Ley del Seguro Social no podrán contratar la Continuación Voluntaria en el régimen obligatorio. Esta normativa busca asegurar que estas personas continúen con su cobertura social y los beneficios asociados al Seguro de Enfermedades y Maternidad.
La Dirección de Incorporación y Recaudación, así como la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del IMSS, deberán implementar los ajustes necesarios para garantizar que la inscripción en la Continuación Voluntaria se realice mediante mecanismos digitales que aseguren la trazabilidad y consistencia de los registros. Además, se establece la creación de un canal de atención para la revisión de casos especiales relacionados con el acuerdo. Aquellos que estén inscritos en la Continuación Voluntaria al momento de la entrada en vigor de esta medida mantendrán el reconocimiento de las semanas y salarios cotizados, lo cual será relevante para el cálculo de sus derechos pensionarios en el futuro.
