El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha implementado modificaciones en las condiciones de incorporación a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida como Modalidad 40. Estas nuevas disposiciones afectan a los derechohabientes en función de la fecha de su trámite, estableciendo diferencias importantes entre los inscritos previos y los nuevos solicitantes.
Los trabajadores que ya estaban inscritos y realizaron sus pagos antes del 22 de octubre mantendrán las reglas y condiciones del periodo contratado hasta su conclusión. Por otro lado, los ajustes aplican a quienes ingresen por primera vez a la Modalidad 40 o a quienes busquen contratar un nuevo periodo a partir de esa fecha, quienes deberán cumplir con los nuevos límites operativos y financieros establecidos por el IMSS.
Para las nuevas incorporaciones o renovaciones contratadas desde el 22 de octubre, se introducen cambios significativos. El salario base de cotización se fijará en el último salario registrado al darse de baja del régimen obligatorio, con un límite máximo que será esa cifra más una Unidad de Medida y Actualización (UMA), y no por debajo del salario mínimo general vigente. Esta regulación modifica la norma anterior que permitía un tope de cotización de hasta 25 UMA.
Además, se ha eliminado la opción de pago retroactivo para los nuevos solicitantes, quienes no podrán hacer aportaciones para cubrir el tiempo transcurrido desde su baja, ya que la inscripción tendrá efecto a partir de la fecha de presentación de la solicitud. El registro será exclusivamente digital, eliminando los trámites presenciales, lo que busca mejorar el control de las fechas de incorporación.
El IMSS también ha informado que habilitará un canal especial para atender las dudas de los usuarios, así como para revisar trámites pendientes antes de la implementación de estos nuevos acuerdos.
