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México: Pensión Bienestar no entregará aguinaldo en noviembre

México: Pensión Bienestar no entregará aguinaldo en noviembre

Durante noviembre de 2026, miles de personas adultas mayores en México perciben el apoyo económico del programa conocido como Pensión Bienestar, el cual es administrado por el Gobierno de México y se entrega de manera bimestral. Este programa tiene especial relevancia en los últimos meses del año, aunque genera interrogantes entre los beneficiarios sobre la posibilidad de recibir un aguinaldo, como es habitual en algunos trabajadores y pensionados.

La distinción fundamental radica en la naturaleza de cada tipo de apoyo. El aguinaldo es una prestación laboral contemplada en la legislación mexicana, mientras que la Pensión Bienestar se clasifica como un derecho social financiado con recursos públicos. Según las reglas de operación establecidas en el Diario Oficial de la Federación, la Pensión Bienestar otorga un monto de tres mil 200 pesos mensuales, lo que equivale a seis mil 400 pesos por cada bimestre en 2026. Este apoyo no contempla un pago adicional por concepto de aguinaldo, a pesar de su carácter de asistencia económica.

Es posible que las personas adultas mayores reciban simultáneamente la Pensión Bienestar y pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), siempre que se cumplan los requisitos correspondientes. Es importante aclarar que el aguinaldo no se deriva de la Pensión Bienestar, sino de la pensión de seguridad social, de acuerdo con la legislación que rige el régimen aplicable.

Por ejemplo, el IMSS establece que aquellas personas pensionadas por cesantía en edad avanzada o vejez, bajo la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a una mensualidad de su pensión. Sin embargo, quienes se encuentran bajo la ley vigente no obtienen dicho aguinaldo. Así, si una persona percibe ambos beneficios, podría recibir el aguinaldo correspondiente a su pensión del IMSS o ISSSTE, según las normas aplicables, mas no un pago adicional de la Pensión Bienestar.