El Senado de la República ha aprobado una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor que endurece las sanciones para las empresas que lleven a cabo comunicaciones comerciales no autorizadas. La modificación afecta a las compañías que realicen llamadas repetitivas a los consumidores, sin su consentimiento, y busca proteger la privacidad de las personas.
La reforma modifica los Artículos 18 Bis y 127 de la legislación vigente, estableciendo multas que van de 56 mil a 2.3 millones de pesos para aquellas empresas que incumplan las normativas. Esta iniciativa fue impulsada por la senadora Mayuli Latifa Martínez Simón.
La legislación tiene como objetivo disminuir el acoso telefónico relacionado con la promoción de productos y servicios, especialmente en casos en los que un consumidor ya ha manifestado su negativa a recibir publicidad. Desde la tribuna, la senadora enfatizó que la tranquilidad de los ciudadanos no debe depender de rechazar constantemente ofertas comerciales.
Adicionalmente, la senadora Rocío Corona Nakamura, del Partido Verde, subrayó que las nuevas sanciones buscan evitar que las empresas realicen llamadas persistentes, ignorando tanto la decisión del consumidor como los horarios establecidos. La reforma también contempla que los proveedores sean corresponsables en el manejo de datos personales al contratar a terceros para campañas publicitarias.
Se mantiene la prohibición de enviar publicidad a aquellos consumidores que han expresado su deseo de no recibirla o que están registrados en el listado correspondiente. Según los datos citados en el dictamen, México presenta un alto índice de llamadas no deseadas, con un promedio de 20 a 25 llamadas spam por usuario al mes.
Con la implementación de estas nuevas multas, el Senado pretende que las sanciones resulten disuasorias, obligando a las empresas a respetar la privacidad y las decisiones de los consumidores. El dictamen será enviado a la Cámara de Diputados para su revisión y aprobación.
